Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGAR en sus propios términos el acuerdo en que han llegado las partes en el presente asunto de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (FIJACION) Y AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (FIJACIÓN), interpuesto por la Ciudadana KAREN VICMARY SERRANO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.994.416, en su carácter de madre de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , de cuatro (4) y dos (2) años de edad nacido en fecha 21/8/2019 y 2/03/2022, asistida por el Defensor Público Auxiliar Primero de este Estado abogado Javier Bolívar, contra el ciudadano RANDY ALEJANDRO LOPEZ.....