DISPOSITIVA
Este Tribunal Mixto, a los fines de dar plena observancia a lo dispuesto en los Artículos 2, 22, 23, 25, 26, 46, 49, 51, 253, 334, de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en los Artículos 1, 2, 4, 5, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 364, 365 y 376, del Código Orgánico Procesal Penal dicta la siguiente dispositiva:
PRIMERO: Oída de viva voz lo expresado por la ciudadana JECSI JOSEFINA RICO PAVA, en cuanto ha admitir los hechos imputados por el Ministerio Público que fueron formulados en la acusación expuesta por la representación fiscal por el delito de TRANSPORTE Y OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en perjuicio de El Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en cuyo precepto jurídico establece una pena de diez a veinte años de prisión, siendo su término medio confo.....