Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DESESTIMA la Acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano FRANKLIN ALBERTO GALINDEZ RODRIGUEZ, por considerar que en la misma existen defectos en su promoción y en consecuencia en su ejercicio, debido a que de la Acusación no se desprende una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se le atribuye al hoy acusado y como consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano FRANKLIN ALBERTO GALINDEZ RODRIGUEZ, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículo 408 ordinal 1°, 417 y 287 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso HERMES ENRIQUE ESCALONA y del ciudadano.....