administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara CON LUGAR la incidencia de inhibición, planteada el día trece (13) de octubre de 2017, por la abogada WENDY BETANCOURT, Jueza Temporal del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-V-2016-000995, relacionado con el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA-CUSTODIA, incoado por el ciudadano ELVIS ADRIAN BUSTAMANTE MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.191.571, contra la ciudadana GÉNESIS DANIELA VIVAS ESPINEL, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 23.574.300, en beneficio del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL AERTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), nacido en fecha 25 de marzo de 2014, de tres (03) años de edad.