En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de cumplimiento de obligación alimentaría, interpuesta por la ciudadana ANABEL RODRÍGUEZ CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.862.166, en representación de su hijo Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de dos (02) años de edad, asistida por la Abg. FATMY DE AHMAD RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 2.638, en contra el ciudadano PABLO ALFONSO SOTO PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.589.538, padre del niño de autos. En consecuencia se le condena a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.....