Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo e igualmente porque las partes han solicitado la Prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia, este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, PROLONGA ésta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 30-11-2007, a las 12:OO M. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Se Prolonga para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores. En este estado este Tribunal deja constancia que los Actores asistidos por Abogado, consignaron escrito de pruebas y medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles y sus Vtos, con anexos marcados con las letras: "A", "A","A","B", "B","B","C","C","D" y "E. Se ordena practicar la Certificación solicitada en autos y devolver su Origi.....