PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte recurrente en nulidad, contra la decisión de fecha 03 de agosto de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. .
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se ordena al Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, emitir nuevo pronunciamiento acerca de la admisibilidad del presente recurso contencioso administrativo de nulidad bajo su conocimiento, signado UP11-N-2018-000015.
TERCERO: Líbrese oficio al Tribunal de origen, a los efectos de remitir la totalidad del expediente, una vez quede firme la misma en la oportunidad procesal correspondiente.