En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: Medida de Protección a favor de la ciudadana Elys Maritza Arteaga Hurtado, y a su núcleo familiar titular de las Cédulas de Identidad Nro. 10.518.601, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urb. San Antonio, vereda 21, casa N° 11, calle 8, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, medida esta en virtud del peligro e inseguridad por amenaza a la vida de las victimas, por parte de personas sin Identificar; Consistente la Medida de resguardo y protección en rondas sucesivas y vigilancias constantes por efectivos adscritos al Instituto Autónomo de la Policía- Sub delegación Chivacoa, Estado Yaracuy, en los alrededores de la dirección antes especificada, por el lapso de tiempo de Noventa (90) días, desde el recibo de la notificación de la presente fecha.