DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de nulidad, incoado por el ciudadano OBDULIO JOSE FRANCO CARRERA, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la especialidad del recurso de nulidad de acto administrativo, en el cual no puede contemplarse la condenatoria en costas, por tener como objeto la anulación de un acto administrativo y no gozar de la naturaleza de una demanda patrimonial.