En consecuencia, corríjase la referida partida de nacimiento, en la siguiente forma: En donde se asentó su segundo nombre como AUXILIA, diga en lo adelante MARIA AUXILIADORA ALVARADO PEREZ, que es lo correcto.
Expídase copia certificada de la presente decisión al Registro Civil del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy y al Registro Civil Principal del mismo Estado, a los fines de que sirva corregir la referida Partida de Nacimiento, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 502 del Código Civil Venezolano y 774 del Código de Procedimiento Civil, a objeto de que suscriba la correspondiente nota marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA MARIA AUXILIADORA ALVARADO PEREZ, N° 283, folio 66, año 1932, expedida por el Registro Civil del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy y al Registro Civil Principal del mismo Estado, de fecha 27 de diciembre de 1932. Líbrese oficio y copias certificadas. Se le asignó N° 5614 de la nomenclatura de este Tribunal.
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