Por cuanto se desprende del debate planteado por las partes presentes en este acto, existe la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de esta Audiencia Preliminar y a su vez considera esta Juzgadora que se requiere la comparecencia de ambas partes (Demandante-Demandado), a la Celebración de la próxima Audiencia aquí Prolongada, por lo tanto se les insta a los Apoderados de las partes comparecer a la próxima Audiencia en compañía de sus representados, a los fines de conversar sobre los puntos controvertidos aducidos por la parte Accionada, por consiguiente por cuanto no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, quien Juzga acuerda PROLONGAR dicha para el día LUNES 02-04-2007, a las 02:00 PM. Se Prolonga para ésta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. A.....