En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y por considerarlo procedente en beneficio e interés del adolescente y niño de autos, a que se le brinde Protección, afecto y educación acuerda de conformidad con los artículos 128, 396, 397 y 399 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR la COLOCACIÓN FAMILIAR del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE y del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, procedentes del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del municipio Cocorote de la Circunscripción Judi.....