Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte querellada, contra la decisión de fecha 21 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara "CON LUGAR" la acción de amparo constitucional, por violación del derecho al trabajo y al pago del salario justo, ejercida por la ciudadana JOICI JOULIN CARMONA ESPAÑA, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO COCOROTE DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas a lo.....