Este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela la Constitución y sus leyes: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185 en su primer aparte del Código Civil, en concordancia con los artículos 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil, declara LA CONVERSION de separación de cuerpos de fecha 29 de julio de 2009, existente entre los cónyuges ciudadanos IMELDA AGUSTINA RODRIGUEZ ROJAS Y MANUEL SEMANAT GUERRA. EN DIVORCIO. DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los citados cónyuges.