´´En razón de lo anterior y por considerar quien Juzga que se ha dado cumplimiento a los extremos de la Ley, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana LOURDES MIJICAS ROJAS venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 24.166.625 asistido por el abogado Julio Jose Peralta IPSA Nº 236.803 en su condición de madre y representante legal de la niña : IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL LITERAL SEGUNDO (2DO) DEL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE nacida en fecha 27-09-2019 en virtud de que el solicitante contraerá matrimonio próximamente, y en co.....