Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por la ciudadana VALERA RONDON NOREXI YOLANDA, con cédula de identidad N° V-20.021.906, debidamente asistida por la abogada ANGGI YURIT GONZALEZ BALDALLO, contra el ciudadano LOPEZ PARRA FELIPE GREGORIO, con cédula de identidad N° V- 16.592.005.
SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante la Oficina de Registro Civil, Manuel Monge Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 21, de fecha 26 de Agosto del año 2016.
TERCERO: Remítase bajo oficio copia certificada de la presente sentencia a la Oficina de Registro Civil, Manuel Monge Estado Yaracuy, y al Registro Principal del estad.....