En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada por el abogado en ejercicio de su profesión HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, actuando con el carácter de endosatario en procuración de dos letras de cambio, emitida a la orden de la ciudadana Yorleidy del Carmen Berroteran, y el demandado, ciudadano OSCAR YOVANNY SALAS RAMÍREZ, quien estuvo asistido por la abogada en ejercicio de su profesión Greisly Coromoto James Rivero, en fecha 20 de junio de 2006, otorgándole su APROBACION, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del tribunal.
Dada, f.....