En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA: A la ciudadana: OLFA MARIA SAMPALLO DE OSORIO, titular de la cedula de identidad N° 4.480.314, y a sus hijos, los ciudadanos ALEXIS RAMON, ROLANDO ANTONIO, MAGALIS BETZYZ, WILFREDO, HUBER JESUS Y WILMER JOSE OSORIO SAMPALLO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.122.135, V-4.968.045, V-7.505.442, V-7.515.997, V-7.580.348 y V-7.908.521, respectivamente; UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: RAMON OSORIO, SIN PERJUICIO DE TERCERO DE IGUALES O MEJORES DERECHOS.