PRIMERO: Con lugar la partición del inmueble que perteneció al causante: ANDRÉS ELOY PINTO, quien era venezolano, constructor, titular de la cédula de identidad N° V-4.966.106 y con domicilio en la avenida "Carabobo", sector "Aire Libre" municipio Nirgua, estado Yaracuy así: Las bienhechurías por títulos supletorios inscritos en la Oficina de Registro Público del municipio Nirgua, estado Yaracuy, anotado con el Nº 137, folios 7 frente al 12 del protocolo primero, tomo primero adicional, segundo trimestre del año 1993, de fecha 21 de junio de 1993 y documento inscrito ante la citada Oficina de Registro bajo el Nº 2015.181, asiento registral 2 del inmueble matriculado con el Nº 461.20.3.1.1871 correspondiente al libro del folio real del año 2.015, de fecha 18 de septiembre del año 2.015.- El terreno: Por documento inscrito en la Oficina de Registro Público del municipio Nirgua, estado Yaracuy, anotado con el Nº 2015.181, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 461.20.3.1.....