Por cuanto, se observa en la presente causa Nº. LL11-P-2001-000077, al (folio 216) consta acta Certificada de defunción suscrita por el Abogado HERMES AVILA Registrador Civil de la parroquia San Juan, Lagunillas del Estado Mérida, acta de defunción signada con el Nº. 12 inserta (folio 216) y su vuelto), del penado CLAUDIO MOLINA NIÑO, quien hace constar que: se presentó ante este despacho la ciudadana, IRENE MOLINA NIÑO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº. 4.955.992, ama de casa de 39 años de edad, domiciliada en el sector Caño Negro Santa Elena de Arenales casa s/n del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida; quien expuso: "Que el día nueve de Mayo del presente año, a las siete de la mañana en el sitio denominado Internado Judicial, ubicado en el sector estanquillos alto, Parroquia San Juan Municipio Sucre del Estado Mérida, falleció el ciudadano CLAUDIO MOLINA NIÑO, venezolano, de treinta y seis años de edad, nacido el día 25-02-1964, en el caserío Pedraza la.....