Este Tribunal de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DESESTIMA la Acusación presentada por la Representación Fiscal en contra de los ciudadanos JACKELIN COROMOTO FARIAS MARIÑO, CARLOS ENRIQUE CRACA ALVARADO, JULIO ANTONIO CORTEZ BETANCOURT, BOLIVAR DE JESUS ISEA SANGRONI e INES MERCEDES CHACON VÁSQUEZ, por considerar que en la misma existen defectos en su promoción y en consecuencia en su ejercicio, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de ROSMERY ELIZABETH HENRIQUEZ GUTIERREZ.
Por otra parte y en atención a las consideraciones anteriores el Ministerio Público, podrá iniciar o presentar nueva persecución penal estableciendo tanto los elementos que inculpen como aquellos que exculpen, habida cuenta que la acusación, fue desestimada por defectos en su promoción, excepción esta al principio de UNICA PERSECUCIÓN, prev.....