Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos JUAN BAUTISTA VASQUEZ Y MILAGROS DEL CARMEN MORENO DE VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros V-8.335.992 y V-11.008.322, respectivamente y de este domicilio. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Monagas, en fecha dieciocho (18) de Abril de 1985, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 43, consignada en autos, marcada "A".
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada.....