Como consecuencia de lo anterior, se ordena la notificación de la parte presuntamente agraviante, ESTADO YARACUY, ubicado en la avenida 6 con Avenida Caracas palacio de gobierno, municipio San Felipe del Estado Yaracuy , así como al ciudadano: FISCAL 81 DEL MINISTERIO PUBLICO con competencia en materia de Derechos y Garantías Constitucionales y en virtud de que este se encuentra en la ciudad de Carabobo se concede dos (2) días continuos del término de la distancia, para que concurran a este Tribunal Constitucional. De igual modo, a los fines de garantizar el pleno ejercicio del Derecho a la Defensa del Estado, presuntamente agraviante, se ordena la notificación de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO YARACUY, de acuerdo a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, para que concurran a este Tribunal Constitucional, a fin de conocer el día y la hora en que tendrá lugar la audiencia oral y pública, en la cual podrán las partes aquellas exp.....