DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación a titulo de efecto suspensivo interpuesto por la Abg. VIMER CARPIO, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Publico Ciudad Bolívar; en contra de la decisión emitida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, a cargo de la Abg. Sandra Avilez acción de impugnación ejercida en contra del auto de fecha 25 DE Julio de 2016, donde el antes el citado juzgado decretara en su dispositiva a favor de los imputados FABIOLA COROMOTO YAÑEZ MUÑOZ Y FERNANDO GABRIEL SAMBRANO DI FELICE, titular de la cédula de identidad Nº 14.652.812 y 19.534.577 respectivamente, Medida Cautelar Sustitutiva Libertad, de conformidad con el artic.....