En mérito de lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no vulnera derecho ni norma procesal alguna, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, para que los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, CONFORME AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, nacidos en fechas 26 de septiembre de 2007 y 10 de diciembre de 2010, Pasaportes Venezolanos Nros. 173661772 y 161197081, puedan viajar en compañía de su progenitora, a la siguiente dirección: Calle Sur, N° 95A-80, Manzana 16, casa N° 03, Bosa Porvenir, ciudad de Bogotá-Capital de Colombia, saliendo el día 3 de agosto de 2023 por la aerolínea TURPIAL AIRLINES, con l.....