Por las razones que anteceden, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, solicitada por la Abogado YULISSA ADRIANNA MOLINA MORET, a favor de sus defendidos YONNY DE JESÚS CONTRERAS MÉNDEZ y JOSÉ LUIS GUERRERO GUERRERO plenamente identificados, y a quiénes se les imputa de los Delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con los ordinales 1°, 2°, 3° y 8° del Articulo 6 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LUIS ERNESTO PEÑARANDA ALBA, HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal, en perjuicio delAdolescente OSCAR MANUEL ORTIZ y por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES previsto y sancionado en el n.....