Se declaró sin lugar el recurso de apelación propuesto. Se confirmó en todas sus partes la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha 28 de Enero de 2.004. En consecuencia se ordenó la continuación de la causa al estado en que se encontraba, la cual deberá determinar por auto expreso la Secretaria del Tribunal, a los fines de garantizar el derecho de la defensa de las partes.