Acto seguido las Apoderadas Judiciales del Instituto Demandado, piden el derecho de palabra para exponer: Que informan ante este Juzgado que el Instituto que representan realizo cambio de Nombre, a partir del presente mes, por lo tanto dicho Instituto se denominara INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY. A tal efecto, esta Sentenciadora, en ocasión a la información suministrada por las Apoderadas Judiciales del Ente Accionado en esta oportunidad, procede a instar a referidas mandatarias a consignar a las Actas Procesales Original y Copia de la Gaceta Oficial emanada del Ejecutivo Regional, a los fines de demostrar el referido cambio de denominación. Por consiguiente, por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del.....