este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA CONVERSIÒN DE SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos JOSE RAFAEL SUÁREZ VIVAS y LEYMAR YERALDIN CARO PARRA, quienes son venezolanos, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad N°s. 16.264.712 y 19.955.962, respectivamente y en consecuencia de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, primer aparte, DECLARA: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído entre los solicitantes, el día veintiocho (28) de Diciembre del año 2012, por ante el Registro Civil del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, según Acta de Matrimonio Nº 057 del Libro de Matrimonios llevado por ese Despacho para el año 2012.