En base a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de DECAIMIENTO DE LA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por el acusado OXIMAR VICENTE CURABARE, por no haber transcurrido ni menos aun excedido los dos (2) años privado de su libertad.
Déjese copia, notifíquese a las partes.