En atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano VIRGILIO RIVAS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.490.643, domiciliado en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente representado por el Abogado en ejercicio RAMÓN ETEBOLDO DUGARTE GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.990.592, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.732, del mismo domicilio y jurídicamente hábil, en contra del ciudadano AGUSTÍN PÉREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.-668.745, domiciliado en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, en su condición d.....