este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por la
ciudadana LISIDA DEL CARMEN ORTEGA VILLALOBOS, venezolana, casada, educadora, titular de la cédula de identidad Nro. 5.560.424, domiciliada en el sector Caño Seco 2, casa Nro. 24, el Vigía, Estado Mérida, contra el ciudadano LUIS BELTRAN LINARES GÓNZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.624.481, perito mecánico, domiciliado en la ciudad de el Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente capas y disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 25 de Octubre de 1975, contraído por ante la Prefectura Civil del Distrito Colón ahora Municipio Colón del estado Zulia acta Nro. 2002, año 1975.