ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado de autos se comprometió a aportar la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo) mensuales, a razón de Ciento Cincuenta Bolívares (Bs. 150,oo) quincenales, a partir del ultimo del presente mes, a favor de la niña (OMITIDO EL NOMBRE), para que sea descontado por Nomina como hasta ahora y se lo depositen en la Cuenta de Ahorro del Banco Banesco a nombre de la Madre de sus hijos. Así mismo manifestó que con relación a los gastos del niño que viene en camino, se va hacer responsable y que la Demandante le avise lo que necesita y para ayudarla con esos gastos, que nunca se ha negado en ningún momento a ayudar a la Demandante con los gastos de ninguno de sus dos hijos. Igualmente con relación a la compra de la Casa solicitada por la Demandante en estos mo.....