DECLARA
PRIMERO: DE CONFORMIDAD con lo establecido en el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, se abre la articulación probatoria en el presente juicio de diez (10) días de despacho contados a partir del día siguiente del presente pronunciamiento.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: POR CUANTO EL PRESENTE PRONUNCIAMIENTO salió dentro del lapso legal, no se requiere notificación de las partes intervinientes del juicio.