D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada en base al Artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, por los cónyuges, ciudadanos: JOSE NATIVIDAD PERALTA y BELKIS TERESA MONTES, JOSE NATIVIDAD RERALTA y BELKIS TERESA MONTES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 4.343.855 y 7.506.383, respectivamente, el primero domiciliado en la Avenida Eduardo Lapi, frente a la Pasarela de la Conquista, Vereda 51, Casa Nro. 11, Marín y la segunda en la 9° Avenida entre Caracas y Calle Nueve (9), ambos del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio: RAIZA C. RODRIGUEZ SANCHEZ, Inpreabog.....