este Tribunal de Ejecución del N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REDIME LA PENA al penado JOSE VALENTIN SIRA VELASQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.588.330, por un lapso de DIEZ (10) MESES VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS, de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por cuanto el penado de autos tiene redenciones anteriores se procede a la sumatoria de todas las redenciones practicadas que da un total de tiempo redimido de UN (1) AÑO SEIS (6) MESES DIECINUEVE (19) DIAS Y DOCE (12) HORAS que sumado al tiempo que lleva detenido que es de TRES (3) AÑOS DOS (2) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS, da un total de tiempo detenido de CUATRO (4) AÑOS NUEVE (9) MESES ONCE (11) DIAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta TRES (3) AÑOS DOS (2) ME.....