este Tribunal acuerda lo peticionado por el Ministerio Público y en consecuencia :
1. Al verificar que se encuentran llenos los extremos previstos en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente en concordancia con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal Califica la aprehensión como flagrante del adolescente Angel Alexander Aguiar Salas plenamente identificado en autos, al considerarlo responsable de la comisión del ilícito de Volación previsto en el artículo 374 en concordancia con el ordinal 1º del Código Penal en perjuicio del adolescente Ender Eduardo Arteaga.
2. Decreta la medida de Privación de libertad preventiva conforme a lo establecido en el artículo 557 en concordancia con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
3. Declara la prosecución de la presente investigación a través de la reglas del procedimiento ordinario conforme a lo previsto en el artículo 373 del Có.....