DECISIÓN:
Con base en las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 482, 484 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la pena impuesta al penado de autos, ciudadano: AVELINO MENDOZA ALBORNOZ, venezolano, mayor de edad, de 46 años, con fecha de nacimiento 03-07-61, de profesión Albañil, titular de la cédula de identidad No. V-8.029.882, hijo de Leoncio Mendoza y de Rosa Albornoz, domiciliado en El Rincón, parte alta, calle principal, segundo callejón, casa 1-7, cerca de la Escuela Raúl Leoni, después de la Capilla, Mérida, Estado Mérida, quien terminará de cumplir la misma el día: 24-07-2008.
Notifíquese a las partes. Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión al Centro Penitenciario Región Andina. Asimismo. Líbrese Boleta de Not.....