DECISIÓN
Por lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONCEDE al penado RONNY RAMON BARRETO MARTINEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 17.612.254, el Beneficio de Destacamento de Trabajo, por estar cumplidas las exigencias del Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le imponen las siguientes condiciones: 1.- No portar armas de ninguna índole, 2.- No ingerir bebidas alcohólicas ni sustancias estupefacientes, 3.- Someterse a la supervisión y las normas internas del Destacamento. El penado deberá someterse a las condiciones que estipule el Destacamento y las condiciones impuestas por el tribunal y en caso de violentar el beneficio otorgado, será recluido nuevamente en el Internado Judicial de esta Ciudad. Remítase copia del presente auto al Centro de Reclusión y notifíquese su contenido al penado, al Ministerio Público y a su Defens.....