Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo, e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto, acuerda prolongar para el día Martes 04-10-2005 a las 10:00 AM, se le advierte a las partes que su inasistencia a esta sesión acarreará las consecuencias legales previstas en la Ley.