Dicho procedimiento será practicado por Funcionarios adscritos a la División del Investigaciones Penales del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Yaracuy.
La presente orden tiene una duración máxima de siete (7) días y se deberá realizar el referido registro en presencia de dos testigos hábiles, todo de conformidad con el Artículo 211 del Código Orgánico Procesal Penal.