. El Tribunal deja expresa constancia que una vez constituido el mismo pudo observarse que se encuentra un galpón en estado de deterioro, sin identificación alguna, enmontado, totalmente desocupado de bienes y personas, de la misma forma, se deja constancia que se acercó un ciudadano quien se identificó con su cédula de identidad Nº 12.281.316, quien dijo ser vecino en el sector, manifestando que hace mas de un (01) año y medio que el galpón se quemo y que desde esa fecha nadie se ha ocupado del mismo. En este estado el tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara practicada la Inspección Judicial y no habiendo nada más que observar, se ordena el regreso a su sede siendo las once de la mañana (11:00am).