Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana FLOR CELINA COBOS LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.516.752 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Carretera Panamericana entre Callejón Urapa y Terrenos Agrícolas, Sector el Samán, Comunidad Sabana Larga del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 11,446 Mts2 y un área de construcción de 27,00 Mts2