PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho, ejercido por la representación judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 10 de enero de 2024, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el proceso seguido los ciudadanos FERNANDO ANTONIO DAZA, YORFER OTNIEL DAZA, PEDRO EMILIO PRADO Y ESTEBAN PINTO, contra la Providencia Administrativa Nº 205/2019, dictada por la Inspectoría del Trabajo en fecha 13 de diciembre de 2019. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, SE NIEGA el recurso ordinario de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 10 de enero de 2024. ASI SE DECIDE.