..., declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 29 de noviembre de 2011 por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto dictado el 22 de noviembre de 2011 por el Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, mediante el cual acordó no suspender el proceso. SEGUNDO: Ordena al Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a que suspenda la presente causa de conformidad con el Artículo 4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas y de fiel cumplimiento a dicho precepto.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.