En mérito de las anteriores consideraciones, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA CERRADO el presente proceso DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana YELIS MIGDALIA ROJAS DE UZCATEGUI: Plenamente identificada en autos, contra de el ciudadano: GIL ALBERTO UZCATEGUI, identificado en auto, a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA.
Se ordena archivase y desincorporase del inventario real y remitirlo el expediente N° 826-04 en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia.