: Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 48 numeral 7° ejusdem, y por consiguiente, EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida contra el ciudadano ANGEL IGNACIO ROMERO FRANCO, Venezolano, de 27 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 22-03-81, titular de la cedula de identidad N° V- 16.943.083 natural de Caja Seca estado Zulia, reside en la vía las Virtudes sector brisas del valle en la hacienda mesa Quemada casa s/n, por la comisión del delito VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO,.....