Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos: JOSE GREGORIO, LEOMAR JOSE, FRANK JOSE COLMENAREZ PALACIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-19.414.814, V-17.157.540, V-17.157.539 respectivamente, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado Final Calle 8, Entre Vereda 2 y Calle 8 Comunidad Banco Obrero Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy