En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en las causales 2da y 3era del artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano JAVIER AQUILIO REYES REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.722.104, domiciliada al final de la calle principal del sector La Madrileña, casa signada con el Nro. 69, municipio Nirgua estado Yaracuy, asistido por la abogada MILAGRO PEREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 86.202, en contra de la ciudadana LEIDY JOSEFINA AVILA GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.073.877, domiciliada en la primera calle al lado del Club La Madrileña, casa s/n, del municipio Nirgua,.....