En el día de hoy 29-06-2017, siendo las 10:00 a.m., se celebró la Prolongación de la Audiencia Preliminar, contando solamente con la presencia de la parte actora, debidamente representada por su Abogado, por lo cual se dejó constancia de la incomparecencia de las demandas, quienes no asistieron ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno; en consecuencia, éste Tribunal acogiendo la Jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con relación a la CONFESIÓN FICTA del demandado, ante su incomparecencia a la Prolongación de la Audiencia Preliminar y a tal efecto decidió; PRIMERO: Agregar a los autos el escrito de prueba y medios probatorios consignado por la parte actora en su oportunidad legal. SEGUNDO: Ordena remisión de la presente causa al Tribunal de Juicio, a fin de que provean lo que consideren pertinente con relación a la presunta confesión ficta de la parte demandada. Así se DECIDE. Publíquese y regístrese la presente sentencia.-